jueves, 6 de agosto de 2015

Primeros juicios por jurados en la Provincia de Buenos Aires


En función de las repercusiones en los distintos medios de comunicación generadas como consecuencia de los veredictos de no culpabilidad pronunciados por tribunales conformados por jurados populares, corresponde destacar que de los catorce juicios por jurados realizados en la Provincia de Buenos Aires hasta la fecha, siete han concluido con veredicto de culpabilidad y siete con veredicto de no culpabilidad.
Cabe destacar que a diferencia de otras provincias donde el juicio por jurados es obligatorio para todos los casos, según el Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires, el imputado tiene la posibilidad de renunciar a ser juzgado por este nuevo mecanismo.
En función de ello, es de suponer que los casos sometidos a juicio por jurados han sido estratégicamente seleccionados por la Defensa junto con su imputado considerando que un jurado popular podría arribar a un veredicto de no culpabilidad.
Por lo tanto, viendo que exactamente la mitad de los juicios han arribado a un veredicto condenatorio, no permite concluír que el jurado resulte más permeable, influenciable, o actúe por miedo o desinterés.
Muy por el contrario, de lo observado durante los juicios desarrollados en Bahía Blanca, se pudo apreciar un compromiso y responsabilidad por parte de la ciudadanía que debe ser valorada y respetada. Lo cual permite aventurar que el juicio por jurados finalmente se irá consolidando como la única forma posible de juzgamiento.
Por último, será cuestión de análisis lo ocurrido en el Departamento Judicial de Bahía Blanca, por ser el único departamento donde todos los juicios por jurados realizados han concluido con un veredicto de no culpabilidad.

martes, 16 de junio de 2015

El juicio por jurados: un ejercicio de ciudadanía

El conocimiento fue y será una mercancía. Bajo el paradigma del mundo capitalista, tiene un valor de uso y un valor de cambio. Conocer, saber, genera libertad, decisión, cierta autonomía, intervención y posibilidades de cambio.

Sábado 13 Jun 2015 | 0:21

Por José Pino Russo (*)
El conocimiento derriba al poder, aquel que se utiliza para dominar y doblegar. Basta recorrer la historia de la humanidad plagada de ejemplos etnocentristas. Habilitar el acceso al conocimiento sería, tal vez, la posibilidad de pensarnos en una sociedad más justa. Quiero ser más contemporáneo y también todo lo sincero que mi ego permite; la reforma del Código Procesal Penal en Neuquén fue la decisión de compartir el conocimiento, salir de la comodidad, abrir puertas y ventanas, mirar y hablar con las personas, levantarse, caminar, escuchar, decir, compartir, reformular, ajustar y corregir. La Justicia neuquina se sacudió la modorra, se corrió de un modo de hacer justicia y está haciendo grandes esfuerzos para empatar las necesidades reales de administración de justicia.
Mal que les pese a muchos, la democratización de la Justicia de la provincia del Neuquén dejó de ser un discurso político. Y pasó algo más edificante aún, el proceso de reforma procesal penal en Neuquén fue producto del consenso político y técnico y la Legislatura dio el puntapié inicial. En el año 1999 asomó la redacción de un proyecto que tuvo buena recepción académica pero ahí quedó. En el 2008 comenzó a funcionar en la Legislatura de Neuquén la Comisión Interpoderes para elaborar el proyecto de reforma, en noviembre del 2011 se sancionó la ley 2784, creando el nuevo Código, y durante los años 2012 y 2013 las leyes complementarias. El 14 de enero de 2014 entró en vigencia en toda la provincia el Código Procesal Penal que cambió el funcionamiento de la Justicia Penal.
¿Qué cambió? Mucho. La oralidad a lo largo de todo el proceso penal; ya no hay exceso ritual y el expediente dejó de ser el protagonista porque todo transcurre en audiencias orales. La imparcialidad; los roles están definidos, el juez juzga, el fiscal averigua y el defensor defiende. Hoy el proceso garantiza la transparencia y publicidad, lo que sucede en una audiencia se sabe, se conoce, deja de ser un secreto. Hay inmediatez, simplicidad celeridad; una amplia participación de la víctima a lo largo del proceso con pleno conocimiento de lo que ocurre en el mismo; la reorganización del Ministerio Público Fiscal hacia los intereses sociales y de las víctimas; la autonomía del ministerio de la defensa, la organización horizontal de los jueces a través de colegios y la apertura de la Justicia a los ciudadanos a través del juicio por jurados. Mientras lee, usted estará cuestionando que nada de esto sirve, "porque entran por una puerta y salen por la otra". La puesta en marcha de nuevas instituciones estatales no es fácil en ningún caso; cuando se trata de instituciones judiciales las dificultades son mayores, dado el mayor apego a las formas anteriores y las dificultades de armonizar poderes y órganos que actúan de un modo fragmentario. Nada que el tiempo, y usted, no ponga en su lugar.
El mes pasado la Legislatura fue sede del III Congreso Internacional de Juicios por Jurados. A poco de andar, tomamos la decisión de mirar los errores y también fortalecer los aciertos. Especialistas, docentes e investigadores de EE. UU. analizaron con fascinación nuestros primeros pasos. Y la fascinación no vino por lo deslumbrante de nuestras ideas sino por la posibilidad de asistir a la transición del sistema inquisitorio al acusatorio; ellos nacieron bajo el sistema de juicios por jurados y aún hoy lo siguen investigando. Sería una irresponsabilidad de mi parte adueñarme de sus teorías, pero la literatura ya nos deja alguna idea; el jurado no es una máquina de hacer veredictos sino que nos recuerda nuestra propia responsabilidad cívica y nos da un modelo de deliberación ciudadana. Martín Sabelli lo dejó claro en una de sus exposiciones: "Concretamente el juicio por jurados es una forma de profundizar la participación democrática de las personas; es una entrada directa de los ciudadanos en la Justicia. Eso aumenta la confianza en la Justicia, porque no se presenta como algo abstracto, lejano, distinto ni elevado. Las personas ven cómo funciona y participan directamente.
Saben que las decisiones no son decisiones extrañas tomadas por otras personas. Siempre reservando en los jueces las decisiones técnicas legales. Esto no quiere decir que los jurados legos van a estar decidiendo las leyes, lo que deciden son los hechos. Y los hechos son tan 'decidibles' por la gente no instruida en la ley como por los jueces. Los jueces no tienen un entendimiento más profundo que otros sobre cómo decidir hechos, eso es algo que cualquier persona puede decidir: mirando un testigo, mirando otro testigo, analizando los documentos. Decidir qué pasó o no pasó es una decisión que cualquier persona puede tomar y que aumenta la confianza en los procesos".
La Oficina Judicial Penal de Neuquén elaboró un informe, desde que se inició el proceso de juicios por jurados, y arroja algunos resultados en sus porcentajes más altos donde los ciudadanos que integraron un jurado popular manifestaron no haber tenido dificultades durante el desarrollo de las audiencias, dijeron haber comprendido las exposiciones de parte y calificaron la experiencia como muy positiva. Con sus distorsiones y el tiempo de implementación que lo hace perfectible de cambios, estoy seguro de que ser miembro de un jurado es el mejor síntoma de empoderamiento; conocer, decidir y protagonizar un cambio, y no tengo dudas de que el cambio comienza cuando confiamos en nuestras capacidades.
Sólo hace falta recordarlo y propiciar las condiciones materiales para que eso suceda.
Queda mucho por mejorar, pero siento que estamos en camino a eso. Lo que no funcione se cambiará. No hay que temerle, ni es un defecto, que las legislaciones de envergadura tengan que realizar ajustes a los pocos años de su implementación. Nunca se puede anticipar totalmente cómo se comportarán en el plano real las instituciones y los operadores, así como la ciudadanía en general. Lo que debemos evitar son los cambios apresurados que no han sido precedidos de la suficiente experiencia o del trabajo empírico que nos permite descubrir los verdaderos problemas, antes que las simples molestias o añoranzas de las viejas prácticas.
La Justicia neuquina debe optimizar los tiempos y lograr un conocimiento integral de la situación de la implementación del joven Código Procesal Penal en toda la provincia. Esto tornará imprescindible la reacción de la Justicia en relación a los tiempos de todo el proceso. Me reconforta pensar que, en caso de olvidarlo, estará usted, apropiado del conocimiento y ejercitando la democracia para indicar el camino.
(*) Legislador MPN

Publicado en: http://www.rionegro.com.ar/diario/el-juicio-por-jurados-un-ejercicio-de-ciudadania-7681758-9539-nota.aspx

jueves, 4 de junio de 2015

Primeros resultados de las encuestas a los jurados bonaerenses


El Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Subsecretaría de Política Criminal, ha realizado, en conjunto con el Tribunal interviniente, encuestas previas y posteriores al desarrollo del juicio para ser contestadas en forma anónima por los ciudadanos convocados para actuar como jurados.

Los resultados son sumamente alentadores y confirman la tendencia que caracteriza a los sistemas de jurados a nivel nacional e internacional.

En efecto, se confirma la capacidad del jurado para abordar las tareas a su cargo:
  • El 100% de los intervinientes respondió NO haber tenido dificultades durante el desarrollo del juicio.
  • El 100 % declaró NO haber tenido dificultades para comprender las exposiciones de las partes.
  • El 100 % sostuvo NO haber tenido dificultades para comprender las instrucciones del Juez.
  • El 100 % de los Jurados Titulares dijo que SI pudo exponer sus puntos de vista durante la deliberación.
  • El 100 % de los Jurados Titulares dijo que SI sintieron haber contribuido con su aporte a la solución del Juicio

Asimismo, en cuanto a cómo le resultó la experiencia como jurado, "el 70,5% dijo que MUY BUENA, el 29,5% respondió que BUENA. Regular, Mala y Muy Mala: 0%".

Los datos recabados demuestran, también, el trato cordial y buen desempeño del juez que presidió el debate, Miguel Vilaseca:
  • El 88,2% opinó que fue MUY BUENO el trato que recibieron por parte del Juez. El 11,8% entendió que el trato que les dio el Juez fue BUENO. Regular, Malo o Muy Malo: 0%.
  • Con respecto al desempeño del Juez durante el juicio, el 58,8% de los Jurados entendió que fue MUY BUENO, el 41,2 % sostuvo que fue BUENO. Regular, Malo y Muy Malo: 0%.

Finalmente, "al cabo del juicio, las opiniones sobre la Justicia penal mejoraron sensiblemente con relación a la percepción previa"; y, "en cuanto a si volvería a desempeñarse como jurado en caso de ser convocados, el 82,3% sostuvo que SI".

Se recomienda acceder al informe, a través del siguiente enlace:

- Gobierno de la Provincia de Buenos Aires - Ministerio de Justicia (02/06/15): Encuestas juicio por jurados de Junín [Ver informe]

domingo, 10 de mayo de 2015

Buenos Aires: Declaran inconstitucional al art. 22 bis último párrafo CPP


En un fallo del 6 de mayo pasado, el juez a cargo del Juzgado de Garantías N° 3 de San Martín, provincia de Buenos Aires, declaró la inconstitucionalidad del art. 22 bis último párrafo del Código Procesal Penal, que ilegítimamente quita el derecho a ser juzgado por un jurado de pares a un acusado en función de la renuncia al sistema de su coimputado.

Efectuando un profundo y adecuado análisis de la cuestión en trato, tras reconocer al jurado su doble carácter de garantía individual y derecho político de la ciudadanía, el juez del caso declaró la inconstitucionalidad de esa norma y ordenó la integración de un tribunal de jurados.
Ver el fallo en el siguiente enlace:

Fallo "Portillo", Juzgado de Garantías N° 3 San Martín (Pcia. Buenos Aires), causa 21309, 06/05/15 [Leer o descargar]
El juez Mariano Grammático declaró la inconstitucionalidad del último párrafo del art. 22 bis CPP, que establece que en caso de renuncia al jurado de un coimputado deberá conformarse un tribunal en lo criminal sin jurados también para los restantes y ordena la integración de un tribunal de jurados.
Reconoce al jurado como garantía individual del imputado y como derecho político de la ciudadanía a participar de la administración de justicia.

http://www.juicioporjurados.org/2015/05/buenos-aires-declaran-inconstitucional.html

MIÉRCOLES, 15 DE ABRIL DE 2015

Bahía Blanca, el veredicto del jurado fue "no culpable" por legítima defensa

En el primer juicio por jurados de la ciudad de Bahía Blanca el jurado rindió un veredicto de "no culpable" al entender que el acusado había obrado en legítima defensa. Se trata del cuarto veredicto de jurados bonaerenses y del tercer veredicto de "no culpabilidad" por entenderse que los acusados habían actuado defendiéndose en forma legítima (en los tres casos bajo imputaciones de homicidio, dos consumados y uno tentado).

En tanto el lunes, ante una ocasión por robo agravado, un jurado de Lomas de Zamora entendió que el acusado era "cupable", restando ahora la celebración de la audiencia de cesura para la definición de la pena pertinente.

Ver noticias relacionadas al juicio de la ciudad de Bahía Blanca:

- La Brújula 24 (14/04/15): No culpable: el veredicto del primer juicio por jurados en Bahía [Ver]

- La Nueva (14/04/15): Declaran no culpable al acusado de asesinato en el primer juicio por jurados en Bahía [Ver]

- La Noticia 1 (14/04/15): El veredicto del primer Juicio por Jurados de Bahía Blanca fue "no culpable"[Ver]

- ADN (14/04/15): Absuelven a viedmense en primer juicio por jurado de B. Blanca [Ver]

http://www.juicioporjurados.org/2015/04/bahia-blanca-el-veredicto-del-jurado.html
JORNADA HISTORICA PARA LA JUSTICIA DE TRES ARROYOS
15.04.2015 : TRAS UNA AUDIENCIA DE SELECCIÓN CON 26 CANDIDATOS, QUEDARON DEFINIDOS LOS PRIMEROS 18 MIEMBROS DEL JURADO QUE, DESDE AYER, ESCUCHAN LA PRUEBA PRODUCIDA EN EL MARCO DE UN "ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMAS" 
        

Texto y fotos:
Jorge Enrique Mendiberri
policiales@lavozdelpueblo.com.ar
En un clima donde la expectativa superaba al trámite legal, ayer comenzó a desarrollarse el primer Juicio por Jurados de Tres Arroyos. Fue en el marco de una causa caratulada "robo calificado por el uso de armas", en la cual se encuentra imputado Juan Carlos Martínez, de 19 años, y sin antecedentes penales, quien ayer fue reconocido por la víctima del hecho, quien lo señaló en la sala de audiencias del Tribunal Oral Criminal, a pedido del Fiscal de Juicio, doctor Gabriel Lopazzo.
http://lavozdelpueblo.com.ar/nota-26112-la-vctima-reconoci-al-acusado-en-el-debut-del-juicio-por-jurados

POLICIALES

El juicio por jurados debutó en Tres Arroyos con un veredicto de “no culpable”

16.04.2015
El sistema de juicio por jurados debutó en Tres Arroyos con un veredicto de “no culpable”, que benefició a Juan Carlos Martínez, de 19 años, a quien se había imputado por robo agravado por el uso de arma de fuego con aptitud para el disparo, en un hecho ocurrido en febrero del año pasado. Tras arduas deliberaciones y pasadas las 19 de la segunda jornada del debate, acaecido en la sede del Tribunal Oral Criminal de Tres Arroyos, los 12 miembros del jurado –ya a esta altura no tendrían participación los 6 suplentes- determinaron, sin que se conociera el número de votos, que Martínez no sería declarado culpable, razón por la cual a su regreso al penal donde se encontraba alojado, era por estas horas puesto en libertad.
Atrás quedaron dos extensas jornadas durante las cuales el fiscal de juicio, doctor Gabriel Lopazzo, buscó probar la responsabilidad penal del acusado, para lo que exhibió una serie de pruebas recolectadas durante la investigación. En principio, el testimonio más fuerte en contra del joven fue el de Mónica Ibarra, dependiente de la panadería asaltada en Moreno y Libertad, quien reconoció el arma que fuera secuestrada en un allanamiento, e incluso no dudó en señalar a Martínez cuando se le preguntó si quien la había empuñado aquella mañana se encontraba presente en la sala.
La defensa, encarnada en la doctora Elisa Hospitaleche, se centró en demostrar que el hecho efectivamente ocurrió, e incluso que Martínez estuvo presente en el lugar. Sin embargo, buscó argumentar, especialmente haciendo hincapié en algunas particularidades observadas por la principal testigo –entre ellas la presencia de un aro tipo ‘piercing’ en el rostro del presunto autor del hecho, que al parecer Martínez nunca usó- que el verdadero sospechoso del robo no era otro que quien acompañaba esa mañana al acusado, Mauricio Lesta, quien resultó sobreseído en la etapa de investigación y por ende no llegó al debate oral.
En otros tramos de las audiencias, la defensa también se orientó a vincular la participación de Martínez en el hecho a un circunstancial abuso de drogas ilícitas, marihuana y cocaína, que aparecieron en sus pericias toxicológicas, combinadas con el ácido valproico que el joven recibe habitualmente como tratamiento para su epilepsia. En este aspecto, se apoyó especialmente en el testimonio del neurólogo Juan Gutiérrez, quien habló de la posible afectación del juicio crítico que podría sufrir quien esté bajo los efectos de las sustancias descriptas.
Deliberación y fallo
Finalmente, por la tarde y tras las precisas instrucciones que recibió por parte de la jueza Fabiana Brandolín, centradas específicamente en las pruebas a valorar a la hora de emitir un veredicto, el jurado dirimió la cuestión tras alrededor de dos horas de intercambio de opiniones. Presididos por una mujer joven, los ciudadanos comunes designados para esta función tuvieron que votar de manera individual, e inapelable. Ya que como está previsto en la ley, un veredicto de culpable debe reunir 10 votos positivos, ya que de contar con sólo 8 o menos, el imputado se ve favorecido con el fallo de no culpable, y de ser 9, es el presidente quien debe pronunciarse para zanjar la diferencia.
En este caso, seguramente algunas dudas que surgieron a la hora de valorar las pruebas arrojaron como resultado el resolutorio de “no culpable”, que no puede ser recurrido por ninguna de las partes, de modo tal que terminó con el anuncio, por parte de la doctora Brandolín, de la libertad para Martínez.
Con evidente satisfacción, su defensora Elisa Hospitaleche no sólo celebró el resultado obtenido, sino también la posibilidad única para la gente de participar con su decisión de la administración de justicia.
En la sala, la lectura del fallo provocó alegría entre los familiares y el propio Martínez. De esta manera se cumplió, con una actuación acorde a la ley por parte de todos los operadores del sistema, el debut del juicio por jurados en Tres Arroyos. Como anécdota, vale destacar que contrariamente a lo que podía esperarse teniendo en cuenta la problemática de inseguridad y el reclamo permanente de justicia por parte de la sociedad, hasta el momento no se han producido resoluciones condenatorias en ninguno de los juicios por jurados que se han tramitado en la Provincia desde la puesta en marcha de esta mecánica.

http://www.lu24.com.ar/juicio-por-jurados-juan-martinez-fue-declarado-no-culpable/
  •   
  •  

Comienza el sistema de juicio por jurados en Tres Arroyos

14.04.2015 - Locales
Entre hoy y el jueves de esta semana se desarrollará el debate oral y público, que será el primero de este tipo en nuestra ciudad. El jurado está integrado por ciudadanos seleccionados por un sorteo público efectuado por la Junta Electoral de la provincia.
Se producirá el debate en relación a la Causa N° 833 del Tribunal en lo Criminal de tres Arroyos, caratulada "Martínez Juan Carlos por robo agravado". Se trata de un hecho ocurrido en febrero de 2014. El único imputado ya está encarcelado.
Dirigirá el debate la Jueza Fabiana Brandolín, cuya designación surgió por sorteo. El Fiscal de juicio es el doctor Gabriel Lopazzo y la defensora del imputado la doctora Elisa Hospitaleche.
Para la defensora, "es algo que la sociedad reclamaba"
A su turno, Hospitaleche valoró la iniciativa y resaltó que necesita proseguir en el tiempo para ver su impacto.
"La elección de ser juzgado por un jurado queda reservada al imputado, quien elije en qué momento se somete a juicio por jurado o sigue con el juicio común", analizó tras considerar que la mayoría de los casos abordados son por homicidio.
En cuanto a la implementación, la abogada explicó las posibilidades que ofrece la modalidad.
"El fallo siempre es con una mayoría de diez: si sale no culpable, el fiscal no puede apelar. Esa circunstancia hace que no se pueda apelar. Si fuera culpable, el juez hace una audiencia con el fiscal y la defensa donde argumentamos con respecto a la pena y si es apelable", distinguió.
Dra. Elisa Hospitaleche

http://www.diario3.com.ar/comienza-el-sistema-de-juicio-por-jurados-en-tres-arroyos/

jueves, 7 de mayo de 2015

Juicio por jurado: "El balance es positivo", evaluó el titular del Colegio de Magistrados

05/05/2015 10:44 En ciertos sectores hay preocupación por la gran cantidad de "no culpable".
Foto: Archivo La Nueva.
Escuchá el audio. Declaración de Mércuri en LU2
   El titular del Colegio de Magistrados de Bahía Blanca, Guillermo Mércuri, consideró esta mañana como "muy positivo" el balance del juicio por jurado en la provincia.
   "Estamos de acuerdo que es perfectible, que se puede ir mejorando con la experiencia", contó Mércuri y apuntó directamente contra la necesidad de que los 12 jurados tengan que votar por "culpable" en caso de dar la pena máxima de prisión.
   De esta manera respondió a las críticas y dudas que hay en torno al nuevo sistema judicial, en el que 6 hombres y 6 mujeres deciden si un acusado es culpable o no de un delito.
   "Cuando el ciudadano asume la responsabilidad, empieza a ver la Justicia de otro modo", señaló Mércuri.
   La cantidad de acusados que obtuvieron como veredicto el "no culpable" prendió las alarmas en varios sectores de la justicia local.